SAETA no podrá subir el precio del boleto urbano por disposición de la Justicia
Una jueza de Salta dio lugar al recurso presentado por usuarios y consumidores unidos, y declaró inconstitucional la resolución del Gobierno que aumentó el valor del ticket.
La Justicia declaró la inconstitucionalidad las resoluciones del Gobierno de Salta, a través de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT), que autorizaban la suba de precio de los boletos de colectivo. Así, quedan sin efecto los aumentos que estaban dispuestos.
Es decir, la jueza de Minas María Victoria Mosmann dio lugar al amparo colectivo presentado por la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos que reclamaba un abusivo aumento en los valores del boleto.
En el proceso la AMT argumentó, en su defensa, “que el aumento del boleto de colectivo dispuesto por la Resolución Nº 412/18, había sido superado por la inflación del corriente año”. Este aspecto fue rechazado por la jueza y remarcó que “adoptar una decisión con efectos retroactivos pondría en grave riesgo de continuidad al servicio público de transporte de pasajeros, afectando de modo directo al mismo grupo que en el presente se pretende proteger”.
“La protección del usuario y el interés público son el norte del presente proceso, y en ese contexto no puede dejar de observarse que son esencialmente los trabajadores, así como los estudiantes y jubilados quienes emplean cotidianamente el transporte público de pasajeros, y es la continuidad plena de la prestación del servicio la que preocupa en esta instancia decisiva”, señaló.
En el trámite se presentó y fue admitida como “amicus curiae” la Comisionada Defensora del Pueblo, María Frida Fonseca Lardies. “Los amicus resultan ser el formato que la jurisprudencia y legislación en nuestro país han elegido desde hace ya más de una década, para sortear la complejidad que surge del especial rol que desempeña el Poder Judicial al dictar fallos con vocación regulatoria emergentes de procesos trascendentes”, señaló la jueza Mosmann.
No obstante, la jueza desestimó la pretensión subsidiaria de restitución a los usuarios afectados por los incrementos considerando el momento a partir del cual producirá sus efectos la sentencia.
La resolución de la AMT autorizó una readecuación del cuadro tarifario para el servicio de SAETA, con un incremento de $12,95 a $15 desde el 1 de enero de 2019 y en adelante un aumento mensual de $1 hasta llegar a los 26 pesos el primer día de diciembre. Este último aumento previsto debería no ejecutarse, dada la disposición de la justicia.