Federalismo agonizante, ante un tiro de gracia
La representatividad en el Congreso nacional, coparticipación y la incomprensión de Buenos Aires. La columna de Sebastián Aguirre Astigueta
Por: Sebastián Aguirre Astigueta, Abogado.
Nuevamente, como hace un par de años, la Cámara Nacional Electoral ha ratificado que el Congreso Nacional debe incrementar y re-asignar la cantidad de diputados nacionales por provincia según los datos del censo poblacional del 2010. En un reciente fallo recordó lo resuelto en la misma causa en 2018 (ahora en la etapa de ejecución de sentencia) cuando sostuvo que está en juego que el Congreso de la Nación “extreme los recaudos para ejecutar el mandato constitucional establecido en el artículo 45 de la Constitución Nacional, que obliga ajustar la representación a los datos del censo” pues la actual composición de la Cámara de Diputados de la Nación, está basada en los datos poblacionales de un censo realizado hace 38 años (1980), lo cual resulta anacrónico, pues no se actualizó con los censos posteriores.
Observando que al mismo tiempo discutimos los vericuetos constitucionales del régimen de coparticipación, en donde tres entidades que han aglutinado el poder económico, político y cultural de Argentina en un solo centro de poder (el AMBA, donde se sitúan parte de Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma y casi todas las oficinas principales del Estado Nacional), van a la Justicia a discutir quién tiene razón en orden a la propiedad de tales fondos, me pregunto sobre el tremendo impacto que tendría sumar un mayor cantidad de diputados para la Provincia de Buenos Aires y consolidar el enriquecimiento del núcleo central de ese eje territorial, y su incidencia en el desmirriado régimen Federal que la Constitución ha sembrado, como una aspiración fundacional de su propia historia y que cada vez se muestra más irrealizable.
La cuestión de los Diputados
No caben dudas que la falta de actualización o ajuste de la base de representación a los datos del Censo – ya son casi 40 años y casi 4 censos omitidos-, para determinar el número de diputados nacionales es una omisión inconstitucional y debe ser remediada. Pero atender a esos nuevos guarismos , incluso si se actualizaran a un censo decenal que debiera darse por este tiempo ¿mejorará sustancialmente el desbalanceo abismal existente hoy en la representación por distritos? Claramente no, si se atiende al hecho de que es precisamente aquel núcleo territorial donde confluyen dos jurisdicciones territoriales (CABA Y Provincia de Buenos Aires) la que resultará del incremento del número de Diputados.
Me preguntaba hace algún tiempo si perdería acaso aún más el opaco federalismo argentino, al generarse una mayor preeminencia de los Diputados de los grandes centros urbanos del País (por ejemplo Buenos Aires, con 30 diputados más), en su agenda e intereses, por sobre los del resto de los intereses de las demás provincias chicas, a quienes se acusa de estar sobre – representadas, y la respuesta nuevamente se advierte como positiva, pues a ese lugar nos esta llevando el hecho de seguirse concentrando allí la representación política, la generación de riqueza, el poder territorial e incluso los problemas que afectan al resto del país.
Si de una adecuación o actualización hoy resultaran, por ejemplo, 30 Diputados más para la Provincia de Buenos Aires, ello indudablemente incidiría en aquel cuadro de situación constitucional, dato que no puede desatender el Congreso, la discusión sobre cómo armonizar el artículo 45 de la Constitución con otras normas y objetivos constitucionales, por ejemplo el que expresa el plexo normativo central del Federalismo, que importa el artículo 75 en sus incisos 18 y 19, en su versión de la reforma de 1994: debe lograrse un grado equivalente de desarrollo en todo el País. A este respecto la conformación del Senado y su ideal equilibrador, no ha funcionado.
Es cierto que, como dice el fallo primeramente citado, «cuanto más exacta sea la relación entre la población de la República y el número de sus diputados, más fielmente se respetará el sabio plan de organización del Poder Legislativo adoptado por la Constitución Argentina”, como una forma de organización de parte del Gobierno Federal. Pero ese diseño constitucional inicial, no ha previsto que la desigual composición demográfica inicial agravaría el problema del desigual desarrollo de los iniciales 13 ranchos pobres de nuestra Federación, hoy casi 20, hasta hacerse hoy insoportable y casi irreversible.
También es cierto que los diputados deben cuantificarse en proporción a los habitantes de cada distrito, porque ese es el criterio de representatividad que ha fijado la Constitución Histórica. Pero mi preocupación es qué pasará con el Federalismo ante la pérdida del poder representativo de provincias chicas si se aplica ese estricto criterio, frente al incremento de la representación de Provincia como Buenos Aires, con un decisivo peso relativo en la suerte de casi todas las iniciativas relativas al mejoramiento del Federalismo en Argentina (Fondos de asignación específica, coparticipación de impuestos, planes de Obras públicas, Reparaciones históricas, etc.) por intereses contrapuestos precisamente entre las desiguales Provincias.
La cuestión de la coparticipación
El tema adquiere relevancia puesto que ahora que se vuelve a poner en debate los problemas de federalismo fiscal en Argentina, fruto de la quita de un punto porcentual a la CABA en beneficio de un fondo para el “fortalecimiento fiscal de la Provincia de Buenos Aires, nuevamente los problemas centrales de un Federalismo financiero deficitario vuelven a estar presente, agravado por la pandemia por COVID 19. Se discute poder político y económico y nuevamente todo parece indicar que quienes lo concentran, ganaran más de ello.
La Constitución reformada en el año 1994 al trazar un nuevo plan para diseñar el régimen de coparticipación, dando sus pautas y principios fundadores, quizás ingenuamente pero en todo caso inadvertidamente ha sellado la suerte por fracaso del Federalismo refundado, pues a mas de 26 años de aquel programa constitucional, las evidencias de su inviabilidad son contundentes.
Desde esa fecha hasta ahora, la desigualdad entre Provincias de mayor población y la de menos, reflejada en su mayor gravitación e importancia económica y política, indudablemente ha derivado en este cuadro de situación donde se ha incrementado el desigual desarrollo relativo y el equilibrio entre Provincias y regiones que expresa hoy la Constitución y a la inversa, por el debate en torno a la representación política y las cuestiones de coparticipación, sólo se observa que se seguirá concentrando recursos financieros y su aplicación a agrandar esa brecha económica, cultural y financiera, con el resto del País.
Basta atender a un solo dato: cinco provincias argentinas concentran el 85% del Producto Bruto Interno y el 95% de las inversiones. El 65 % del total de las exportaciones pertenecen a solo 3 provincias, precisamente las de mayor cantidad de Diputados. De hecho en su presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación veremos cómo los distritos hoy en disputa (CABA Y Provincia de Buenos Aires) insistirán con su mejor argumento: ellos “producen la riqueza” y deben compartirla con sus hermanas pobres. Ya lo ha dicho CABA , que sostiene que pesar de la magnitud de su población, del alto grado de concentración de actividades productivas, comerciales y de servicios de todo orden, sus “finanzas públicas” son débiles y requieren el incremento de recursos. Y sin embargo, aportando el 22% de la riqueza, hoy mediante el Decreto que le mochó la coparticipación, reciben apenas el 2,4% de los recursos. Pero el nivel de vida de sus habitantes, y las posibilidades de desarrollo allí son abismales respecto de habitantes de Formosa, La Rioja o Chubut.
La incomprensión desde el AMBA
No estoy seguro que los grandes conglomerados urbanos del país y sus representantes, tengan una real conciencia sobre la necesidad del cambio de este estado de cosas constitucional. Es una necesidad de primer orden y advertirlo es imperioso, frente a este asunto de la actualización de la cantidad de Diputados que reclama el fallo de la Cámara Nacional, que es simplemente exhortativo, declamativo, inejecutable y además el problema de la coparticipación hoy evidenciado en la lucha que se avizora por ante la Corte Suprema de Justicia de Argentina.
El debate más profundo por semejante problema debe darlo el mismo Congreso, pero la sociedad debe antes advertirlo en su intensidad: vamos camino a que ese enano macrocefálico, con el que Antonio María Hernandez solía duramente graficar a la República Argentina -quizás excesivamente y con una metáfora desagradable- al hablar sobre federalismo “con una cabeza gigantesca y con el cuerpo y las extremidades raquíticas y enfermas”, se vuelva un ser vivo difícil de describir. En el 0,1 por ciento del territorio nacional, correspondiente al área metropolitana de Buenos Aires, el famoso AMBA, se asienta aproximadamente el 85 por ciento de la riqueza nacional. Esto significa que la dependencia interna que se presenta en los órdenes político, económico y social, es una característica que hoy tiene nuestra República y que sepulta para siempre la igualdad de oportunidades y una idéntica calidad de vida en el goce de los servicios sociales, como un ideal a alcanzar por nuestra Constitución, para todos los argentinos, sin importar donde hayan nacido.
Creo que estamos ante una encrucijada vital para el casi inexistente federalismo argentino: o es una una buena ocasión para comenzar la discusión y cambiar realmente la ecuación del poder territorial, político y financiero en Argentina. O directamente, fijando un altísimo porcentaje de coparticipación para CABA (mucho mas del que necesita) sin poder modificarlo a partir de ahora sino con la ley convenio de la que habla la Constitución, y además incrementando el poder político formal mediante el aumento del número de diputados en lugares como Provincia de Buenos Aires, donde desgraciadamente se asienta el mayor numero de argentinos esperando mejorar su calidad de vida, asestaríamos el tiro de gracia al Federalismo Argentino. Esa es la encrucijada al día de hoy.
*Sebastián Aguirre Astigueta es abogado especializado en Derecho Constitucional. Realizó postgrados en "Jurisdicción Constitucional" y "Neoconstitucionalismo y Garantías". Contactalo en: [email protected]
La presente nota representa en todos sus términos opiniones exclusivas de su autor, quedando liberada de cualquier tipo de responsabilidad LA GACETA S.A.