La causa contra los oficiales de la Policía de Salta Juan Carlos Cardozo y Emiliano Gastón Aguilera Alanis por el homicidio de Nahuel Salvatierra en barrio Solidaridad está próxima a llegar a juicio, luego del requerimiento presentado por el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix.
Cardozo está imputado por homicidio calificado y el sargento Aguilera Alanis, por incumplimiento de deberes y encubrimiento.
El fiscal consideró probado que la noche del 3 de enero los agentes se movilizaban en una motocicleta de 110 cilindradas conducida por Cardozo cuando llegaron a la esquina de las calles Martín Fierro y Fortín Las Juntas, en el barrio Solidaridad, cerca del predio de la feria de esa barriada.
Allí se estaba produciendo un incidente menor entre dos barras antagónicas: “La Ranchada”, en donde estaba Nahuel y “Los Cirujas”, que estaban insultándose pero al ver a los uniformados, dirigieron sus insultos a ellos.
Los policías quedaron junto al frente de los jóvenes de “La Ranchada”, a quienes les ordenaron que se vayan. Como los chicos permanecieron en el lugar desafiándolos, los efectivos amenazaron con disparar. Según el fiscal, el sargento Aguilera descendió de la moto para tratar de intimidar o dialogar con los jóvenes para que se retiren.
Acorde a lo investigado, uno de los jóvenes gritó: “tirá si te da la nafta”, lo que fue reconocido por el propio muchacho cuando declaró. Cardozo tomó su arma reglamentaria, apuntó a uno de ellos y disparó.
La bala ingresó por el ojo derecho de Salvatierra y lo derribó en el acto. El estallido provocó la corridas de los jóvenes, mientras que los dos policías también se dieron a la fuga de la escena del crimen, sin tomar los recaudos a los que estaban obligados por su función pública.
Para desentrañar la historia, fiscalía de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, debió realizar una extensa investigación que permitió identificar la identidad de los jóvenes que estuvieron presentes al momento en que se realizó el disparo.
Algunos vecinos aportaron filmaciones realizadas con sus teléfonos celulares pero ninguno pudo tomar el momento exacto del estallido. Con las declaraciones testimoniales, principalmente de los dos jóvenes que sobrevivieron al enfrentamiento con los policías, las pericias técnicas y la declaración indagatoria de uno de los imputados, la fiscalía pudo reconstruir lo sucedido.
El fiscal González Miralpeix entendió que “el imputado Cardozo al encontrarse frente al grupo denominado La Ranchada y, de manera consciente y deliberada, sacó su arma reglamentaria (medio idóneo), la apuntó contra la humanidad de Nehemias Nahuel Salvatierra y le efectuó un disparo hiriéndolo de gravedad en su cráneo”.
“Con tal conducta queda en evidencia que el causante estaba determinado a matar a la víctima entendiendo que la intención homicida del imputado surge clara, pues quien utilizando un arma de fuego para disparar a otra persona no puede sino saber que su conducta puede provocar el óbito de su objetivo, máxime por su condición de integrante de la fuerza de seguridad, lo que supone mayor habilidad en el manejo de armas”, agregó y sostuvo que de acuerdo a las circunstancias del caso “su ofensividad resulta innecesaria toda vez que el grupo integrado por la víctima solamente profería insultos y provocaciones a los policías”.
Encubridor pero libre
Sobre Aguilera, consideró que presenció el hecho de sangre y violó sus deberes de funcionario público al tomar conocimiento de un delito de acción pública y no prevenir y denunciar el hecho.
También incurrió en encubrimiento por no haber denunciado el hecho teniendo la obligación de hacerlo, impidiendo o perturbando con su accionar en procura de la individualización del autor de un delito, o la recuperación de los elementos vinculados con el mismo.
Por la calificación imputada, el fiscal dispuso que Aguilera recupere la libertad.