Después de hacer una consulta a través de las redes sociales, Gustavo Sáenz anunció que enviará un proyecto de Ordenanza para prohibir todo tipo de artículo pirotécnico en la ciudad.
El intendente capitalino argumentó su decisión en los “daños y molestias” que provocan estos productos en una importante parte de la población. "Tal como nos habíamos comprometido, remitimos al Concejo Deliberante, la ordenanza ad referendum N° 15546 para que en la ciudad de Salta quede prohibido definitivamente el uso y comercialización de pirotecnia sonora", dice el texto que el dirigente publicó en Twitter.
En 2017, ya se intentó avanzar con una iniciativa de esa índole, pero en ese momento solo se terminó prohibiendo los artificios pirotécnicos cuya venta, utilización, tenencia y/o fabricación en locales habilitados que reúnan las siguientes características: morteros y bombas de estruendo que excedan 2 pulgadas.
¿Qué significa que sea una Ordenanza Ad referéndum?
Según el artículo 41 de la Carta Orgánica Municipal, el Ejecutivo municipal puede dictar estas iniciativa en situaciones de extrema urgencia, catástrofes, fuerza mayor o cualquier imprevisto, que no permitan dilaciones y resultare imposible reunir al Concejo Deliberante o éste encontrase en receso.
Ante este caso, el Intendente deberá comunicarlas dentro de las cuarenta y ocho horas de su promulgación y el Concejo la considerará dentro de los cuarenta y cinco días de recibida. AI vencimiento de ese término, sin oposición, quedarán automáticamente aprobadas.
Los concejales de la ciudad retomarán sus sesiones a partir del 1 de marzo cuando inicie un nuevo período ordinario.