El juez de Garantías de Segunda Nominación en feria, Ignacio Colombo, dispuso la nulidad de la medida cautelar solicitada por la defensa de Marcos Lautaro Teruel y del grupo folclórico Los Nocheros mediante la cual se pretendía restringir el modo de comunicar las noticias de la causa.
El magistrado entendió que “la medida cautelar resuelta excede la competencia de la justicia provincial”. Dicha medida había sido dispuesta por la jueza de Garantías 7, María Edith Rodríguez, el pasado 28 de junio.
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A través de esta medida Rodríguez había ordenado a las partes intervinientes en el proceso y a toda persona que por su función o participación tuviera acceso a la causa, se abstengan de revelar a terceros y especialmente a los medios masivos de comunicación los actos procesales, datos o pruebas colectadas.
Por otro lado se ordenaba a los medios masivos de comunicación locales y nacionales que en ocasión de informar se abstengan de publicar o difundir la imagen del grupo o de alguno de sus integrantes, relacionando a los mismos con la causa.
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Además la magistrada ordenó la eliminación, anulación, borrado o desactivación de todos los registros informáticos de imágenes, videos, datos, comentarios, link, historiales, sitios, vínculos o motores de búsqueda que relacionan la imagen o nombre de cualquiera de los integrantes o del grupo musical.
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Después de conocerse la medida la fiscal de Delitos contra la Integridad Sexual Nº 1 en feria, Cecilia Flores Toranzos, apeló la resolución argumentando que como sostiene la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “la libertad de expresión e información es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática”, esto en el contexto que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.