El juez de la Sala III del Tribunal de Impugnación Eduardo Barrionuevo rechazó el pedido de “libertad condicional” que hizo la defensa de Sergio Horacio Vargas, quien está acusado de matar a Jimena Salas hace tres años, en una vivienda de Vaqueros.
Asimismo confirmó la prisión preventiva de Vargas y recomendó revisar periódicamente la extensión del tiempo del arresto.
Barrionuevo sostuvo que resulta jurídicamente imposible acceder a un pedido de “libertad condicional”, dado que sólo puede ser aplicado a condenados, y no a personas sometidas a proceso, como es el caso de Vargas, quien está siendo investigado por homicidio triplemente calificado con alevosía, ensañamiento y promesa remuneratoria. Además se investiga al viudo de la víctima, Nicolás Federico Cajal Gauffín por encubrimiento agravado.
Recordó que la resolución de prisión preventiva se encuentra firme y consentida desde agosto del año anterior.
“Al valorar los elementos de convicción existentes, el Juez de Garantías, no ha excedido su función, ni ha anticipado el momento de valoración de los elementos de convicción colectados. Lejos de ello ha cumplido con la obligación legalmente impuesta de determinar si existen elementos de convicción suficientes para afirmar la participación de Vargas en la causa”, señaló y dijo que tales elementos no han sido desvirtuados.
Señaló la existencia de antecedentes penales entre ellos una sentencia dispuesta en 2016. “No se entiende cómo puede argumentarse arraigo y vínculos familiares sólidos de alguien que ni siquiera ha reconocido a los hijos cuya paternidad afirma para solicitar su libertad durante el proceso”, argumentó y precisó que al arraigo no debe confundirse con la comprobación del domicilio fijo.
“No se han planteado por la defensa elementos nuevos que permitan tener por neutralizada ni la posibilidad de participación ni la peligrosidad procesal consentida por la defensa”, aseguró el juez, por lo que resolvió rechazar el recurso de amparo de los abogados de Vargas.